July 06, 2009
Derecho Ambiental
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Reglamentación del grupo de inspectores de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) para la fiscalización y control de los establecimientos situados en la cuenca hídrica.
El 3 de julio de 2009 se publicó en el Boletín Oficial la resolución Nº 4, que establece el grupo de inspectores de ACUMAR destinado a las tareas de control y fiscalización.
Sus facultades son presentar informes técnicos sobre las inspecciones que se realicen en la zona de la cuenca y aplicar los procedimientos de las resoluciones ACUMAR Nº 1/2009 y 1/2008 sobre los agentes contaminantes y conformación de los Programas de Reconversión Industrial.
El informe técnico será elevado a la Dirección General Ejecutiva de la ACUMAR para la adopción de las medidas preventivas por la presidencia. Las medidas preventivas pueden ser la clausura total o parcial, secuestro, decomiso de bienes o instrumentos, equipos o elementos que se utilizaron en la comisión del hecho gravoso.
Se aprueba el procedimiento administrativo y recursivo judicial de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo - ACUMAR
El 3 de julio de 2009 se publicó en el Boletín Oficial la resolución Nº 5 que regula la interposición del recurso de reconsideración contra sus actos administrativos ante la presidencia de la ACUMAR. El recurso se resolverá dentro de los 20 días desde su interposición agotando la vía administrativa.
La decisión podrá ser recurrida al Juzgado Federal de Quilmes.
En caso de necesitar mayor información no dude en tomar contacto con Máximo L. Bomchil o Romina Muccigrosso.
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